La Justicia federal del país sudamericano restableció el impuesto de exportación del 12% sobre el petróleo

El presidente del TRF-2 revocó una medida cautelar y reactivó el gravamen que cinco petroleras internacionales habían logrado suspender.
Política y Regulación18/04/2026RedacciónRedacción

El presidente del Tribunal Regional Federal de la 2ª Región (TRF-2) de Brasil, el magistrado Luiz Paulo da Silva Araújo Filho, suspendió este viernes 17 de abril la medida cautelar que había dejado sin efecto el impuesto de exportación del 12% sobre el petróleo crudo. La decisión, adoptada tras acoger el recurso presentado por la Abogacía General de la Unión (AGU), restableció la vigencia del tributo instituido por la Medida Provisoria 1340, conocida como MP del Diésel, y puso fin —al menos en forma provisoria— a una controversia judicial que tensionó las finanzas públicas del gobierno federal en plena semana.

El gravamen fue establecido por el Poder Ejecutivo brasileño con el objetivo explícito de financiar la subvención al gasoil y no como instrumento de recaudación ordinaria, según argumentó la AGU ante el tribunal. La distinción entre función fiscal y extrafiscal resultó central en el debate jurídico. La medida cautelar original había sido otorgada la semana anterior por el juez federal Humberto de Vasconcelos Sampaio, de la 1ª Vara Federal de Río de Janeiro, en una resolución que citó párrafos de la ley que no existían en el texto normativo. El propio magistrado reconoció el error y corrigió la decisión, aunque la cautelar fue mantenida por la jueza de cámara Carmen Silvia Lima de Arruda, también del TRF-2, lo que prolongó la suspensión del tributo por varios días adicionales.

La acción judicial que originó el conflicto fue impulsada por cinco compañías productoras de petróleo con operaciones en Brasil: TotalEnergies, Repsol Sinopec Brasil, Petrogal, Shell y Equinor. Todas ellas cuestionaron la constitucionalidad del impuesto y su aplicación inmediata sin respetar los principios de anterioridad tributaria. Al revocar la cautelar, el magistrado Luiz Paulo da Silva sostuvo que la Constitución Federal habilita al Poder Ejecutivo a modificar las alícuotas del impuesto de exportación sin necesidad de aguardar los plazos de anterioridad, precisamente por el carácter dinámico del comercio exterior. También señaló que las empresas involucradas cuentan con capacidad económica suficiente para afrontar el pago y podrán reclamar la devolución si el tributo es declarado inconstitucional en instancias posteriores.

El restablecimiento del gravamen tiene implicancias fiscales directas para el gobierno del presidente Luiz Inácio Lula da Silva, que buscaba sostener el esquema de subsidios al combustible en un contexto de volatilidad internacional del precio del crudo. El ministro de Planificación y Presupuesto, Bruno Moretti, había expresado públicamente su perplejidad ante una resolución judicial basada en normativa inexistente. Aunque la decisión del TRF-2 despeja el panorama en lo inmediato, el litigio de fondo continúa abierto: las petroleras mantienen su posición jurídica y el debate sobre los límites constitucionales del impuesto de exportación seguirá siendo materia de definición en las instancias superiores del Poder Judicial brasileño.

Te puede interesar