
Brasil aprueba directrices para eólica offshore y proyecta decreto regulatorio para mayo de 2026
Redacción
El Consejo Nacional de Política Energética (CNPE) de Brasil aprobó el 1° de abril las directrices que enmarcarán la regulación de la energía eólica offshore en el país. La decisión representa un avance concreto en la implementación del marco legal sancionado en enero de 2025 —la Ley N° 15.097—, cuyo decreto reglamentario permanecía pendiente desde entonces. Tras la reunión, el Ministerio de Minas y Energía (MME) anunció que elaborará una propuesta de decreto regulamentario y definirá el flujo de aprobaciones para la emisión de la Declaración de Interferencia Previa (DIP) antes de mayo de 2026.
Brasil viene acumulando una cartera significativa de proyectos eólicos offshore en estudio, impulsada por la disponibilidad de vientos consistentes en el litoral nordeste y el interés creciente de inversores internacionales. Sin embargo, la ausencia de un marco reglamentario claro había generado incertidumbre operativa y postergado decisiones de inversión. La aprobación de la ley en enero abrió el camino institucional, pero el sector reclamaba señales más precisas sobre plazos, zonificación y competencias administrativas.
Entre las reglas divulgadas, el MME estableció una franja de distancia mínima de 12 millas náuticas desde la costa para el emplazamiento de parques eólicos marinos. Esta definición, impulsada por el Ministerio de Medio Ambiente (MMA) en atención a impactos sobre turismo, ecosistemas costeros y actividades marítimas concurrentes, podría comprometer la viabilidad de varios proyectos en etapa de prefactibilidad, según fuentes consultadas por la agencia Eixos. El parámetro admite revisión posterior en función de estudios técnicos y del instrumento de Planificación Espacial Marítima (PEM), aún en consolidación. La estructura regulatoria quedará a cargo del Grupo de Trabajo de Eólicas Offshore (GT-EO), creado por el CNPE en octubre de 2025, mientras que la gestión de áreas marítimas se centralizará en el Portal Único de Gestión de Áreas Offshore (PUG Offshore).

La aprobación de estas directrices reduce la incertidumbre regulatoria que frenaba compromisos financieros en el segmento, aunque la restricción de las 12 millas náuticas introduce una variable crítica que podría rediseñar el mapa de oportunidades disponibles. El cronograma oficial —decreto y flujo DIP antes de mayo de 2026— marca una ventana acotada para que el Estado complete la arquitectura normativa. Brasil compite con otros mercados emergentes por atraer capital para renovables no convencionales, y la velocidad de implementación será determinante para consolidar una posición en la cadena global de eólica marina, sector que movilizó más de 70.000 millones de dólares en inversiones a nivel mundial durante 2024.



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